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* Otras formas de protesta: cinco mil firmas PDF Imprimir E-Mail
domingo, 28 de septiembre de 2008
Por Enrique Benites Delgado

Todo lo que viene sucediendo relacionado al arbitrio de seguridad ciudadana ha sido ocasionado por el incumplimiento de lo ofrecido en la campaña electoral por parte del “Magíster” Acuña, ofreció que el entonces llamado serenazgo no le costaría un céntimo a la población. Su creación, además del alto costo producto de un mal estudio técnico, tiene efecto confiscatorio y eso lo prohíbe la Constitución del Perú.

Las marchas de protesta son parte del sistema democrático. El  estilo confrontacional del  alcalde también es parte de ella; pero éste deja una estela de enfrentamiento y eleva la respuesta muchas veces, también, subidas de tono. Lamentablemente este estilo parte de nuestra primera autoridad local.
Un informe de las Naciones Unidas sobre cómo enfrentar la violencia pública en las ciudades de América Latina enfocadas desde la labor de las municipalidades, no sugiere en ninguna de sus recomendaciones la creación de fuerzas paralelas, sino el de una amplia coordinación y colaboración entre todos los niveles de decisión y el de dar todas las facultades a la Policía Nacional.
Nueva York, con Braton, y Colombia, con Mockus, son ciudades referentes en el tratamiento del cómo se derrotó a la violencia en esas ciudades. Tampoco se formaron cuerpos paralelos a la policía nacional. Kelling, Coles y Wilson fueron artífices de lo que ahora se llama la doctrina de la “Ventana Rota” en la que se fomenta la participación activa de las instituciones en forma conjunta y transversal pararealizar acciones de prevención y desarrollo de políticas en apoyo a los lugares de mayor índice de violencia. Por qué no seguir esos ejemplos.
Para combatir la inseguridad ciudadana es necesario buena voluntad, respeto y coordinación. El Alcalde y sus seguidores critican al gobierno nacional por la subida de precios de productos de primera necesidad, pero no dicen que gran parte delos componentes para esta subida se debe a factores externos. Lo que no pasa en el cobro de este arbitrio que es de exclusiva y entera responsabilidad del alcalde y los regidores de la mayoría. No puede echar la culpa a nadie. Basta tomar la decisión de eliminarlo y listo. De esa manera contribuirían para que la economía de la población no se vea más afectada por el pago de este abusivo arbitrio.
La Constitución Política del Perú nos da los pasos a seguir ante la necesidad de dejar sin efecto una Ordenanza. En el artículo 200, inciso 4, menciona sobre la forma de “proceder contra las normas que tienen rango de Ley:…ordenanzas municipales que contravengan la constitución en la forma o en el fondo”. En el Artículo 203 indica quienes están facultados para interponer acción de inconstitucionalidad: inciso 3 “El Defensor del Pueblo”. Inciso 5 “con cinco mil firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones. Si la norma es una ordenanza municipal, está facultado para impugnarla el uno por ciento de los ciudadanos del respectivo ámbito territorial, siempre que este porcentaje no exceda del número de firmas anteriormente señalado”. Inciso 7. “Los colegios profesionales, en materia de su competencia”. En este caso lo podría realizar el Colegio de Abogados.
Se puede dejar sin efecto esta bendita ordenanza municipal con la recolección del uno por ciento de nuestra población. ¿Se podrá recolectar cinco mil firmas en Trujillo? El Colegio de Abogados o la Defensoría del Pueblo ¿asumirían esta posibilidad? Esta sería la mejor forma de combatir el ilegal arbitrio, las protestas deberían seguir mientras se pueda, con la atingencia de no caer en el juego violentista de don César, que eso es lo que el quiere. Ya estamos notificados. ¿Seremos capaces?
 
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